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Acerca de las Notificaciones

Con independencia de que la notificación se realice en papel o por medios electrónicos, se enviará un aviso al dispositivo electrónico y/o dirección de correo electrónico del interesado que éste mismo haya comunicado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la Sede Electrónica. La falta de práctica de este aviso no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

Puesta a Disposición de Notificaciones en Papel

Todas las notificaciones que se practiquen en papel deberán ser puestas a disposición del interesado en la Sede Electrónica para que pueda acceder al contenido de las mismas de manera voluntaria.

Cuando el interesado accediera al contenido de la notificación en Sede Electrónica, se le ofrecerá la posibilidad de que el resto de las notificaciones se puedan realizar a través de medios electrónicos.

Formularios

Se tendrá en cuenta en los distintos formularios de los tramites existentes en Sede lo siguiente:

  • Que exista la posibilidad de que el interesado pueda facilitar el correo electrónico o dispositivo para recibir avisos.
  • Que exista la posibilidad de que el interesado solicite que no se realice la notificación por medios electrónicos en cualquier momento del procedimiento.
  • La existencia en los mismos de la posibilidad de oposición expresa en la cesión de datos entre Administraciones u organismos de la misma Administración.

Para más información puede descargar la ficha del trámite .

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